El Reglamento 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad estableció la adopción de las normas del IASB como obligatorias para las cuentas consolidadas de empresas presentes en los mercados financieros (texto
A continuación se incluyen algunas preguntas relativas al Reglamento 1606/2002 de aplicación de las NIC:
- [1] El Reglamento se refiere a la adopción de un corpus común de normas. ¿Qué características debería tener dicho corpus de normas? ¿qué objetivos se persiguen adoptando un corpus común de normas?
- [2] ¿A qué tipo de sociedades se refiere el Reglamento 1606/2002?
- [3] ¿Qué indica el apartado 1, artículo 95, del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea?
- [4] ¿Qué objetivos persigue el presente Reglamento?
- [5] En el Reglamento se menciona una Comunicación publicada por la Comisión Europea en el 2000. ¿Cuáles eran los principales puntos de dicha Comunicación?
- [6] ¿Qué normas son las finalmente escogidas en el Reglamento como corpus común de normas?
- [7] ¿Cuáles son las principales líneas establecidas por Consejo Europeo de Lisboa del año 2000 en relación con la información financiera?
- [8] ¿Qué requisitos se deben cumplir para la adopción de una Norma Internacional de Contabilidad en al UE?
- [9] ¿Qué organismo cumple el papel de Comité técnico contable?
- [10] ¿Qué características debe cumplir el mecanismo de adopción de las normas implementado en la UE?
- [11] ¿Qué relación guarda la Comisión Europea con el Comité de reglamentación contable?
- [12] ¿Qué organismo europeo tiene un importante papel en la ejecución del Reglamento, con el fin de afianzar la confianza de los inversores?
- [13] ¿Para qué sociedades se puede aplazar el cumplimiento del Reglamento hasta 2007?
- [14] ¿A quién afecta el Reglamento y cuándo entra en vigor su aplicación?
- [15] ¿Qué opciones proporciona el Reglamento a los Estados miembros de cara a determinar su grado de aplicación?