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Sobre el Reglamento 1606/2002 de aplicación de las Normas Internacionales

El Reglamento 1606/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de julio de 2002, relativo a la aplicación de normas internacionales de contabilidad estableció la adopción de las normas del IASB como obligatorias para las cuentas consolidadas de empresas presentes en los mercados financieros (texto consolidado). Se trata de un Reglamento breve pero fundamental para entender el estado actual de la regulación contable en la Unión Europea. Este Reglamento no aprobaba el texto de las normas contables sino el mecanismo para su adopción. En 2003 se emitió un nuevo Reglamento en el que ya se incorporaban las normas internacionales completas que habían sido aprobadas de acuerdo con el procedimiento de adopción estipulado.

A continuación se incluyen algunas preguntas relativas al Reglamento 1606/2002 de aplicación de las NIC:

  • [1] El Reglamento se refiere a la adopción de un corpus común de normas. ¿Qué características debería tener dicho corpus de normas? ¿qué objetivos se persiguen adoptando un corpus común de normas?
  • [2] ¿A qué tipo de sociedades se refiere el Reglamento 1606/2002?
  • [3] ¿Qué indica el apartado 1, artículo 95, del Tratado Constitutivo de la Comunidad Europea?
  • [4] ¿Qué objetivos persigue el presente Reglamento?
  • [5] En el Reglamento se menciona una Comunicación publicada por la Comisión Europea en el 2000. ¿Cuáles eran los principales puntos de dicha Comunicación?
  • [6] ¿Qué normas son las finalmente escogidas en el Reglamento como corpus común de normas?
  • [7] ¿Cuáles son las principales líneas establecidas por Consejo Europeo de Lisboa del año 2000 en relación con la información financiera?
  • [8] ¿Qué requisitos se deben cumplir para la adopción de una Norma Internacional de Contabilidad en al UE?
  • [9] ¿Qué organismo cumple el papel de Comité técnico contable?
  • [10] ¿Qué características debe cumplir el mecanismo de adopción de las normas implementado en la UE?
  • [11] ¿Qué relación guarda la Comisión Europea con el Comité de reglamentación contable?
  • [12] ¿Qué organismo europeo tiene un importante papel en la ejecución del Reglamento, con el fin de afianzar la confianza de los inversores?
  • [13] ¿Para qué sociedades se puede aplazar el cumplimiento del Reglamento hasta 2007?
  • [14] ¿A quién afecta el Reglamento y cuándo entra en vigor su aplicación?
  • [15] ¿Qué opciones proporciona el Reglamento a los Estados miembros de cara a determinar su grado de aplicación?

 

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Esteban Romero Frías

Catedrático de la Universidad de Granada. Vicerrector de Innovación Social, Empleabilidad y Emprendimiento. Innovando desde MediaLab UGR. Transformando desde ReDigital.